jueves, 19 de mayo de 2016

Como hablarle en la pared

Con la calentura de la audiencia escribí en este blog un brevísimo e irónico resumen de lo que ocurrió en la CIDH. Desde que volvimos de Washington muchos preguntan más detalles de cómo fue y qué interpretamos sobre lo que pasó en la OEA, adonde el gobierno tuvo que asistir para dar explicaciones sobre los decretos que alteraron la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. En esta nota de La Pulseada escribí algo de eso.

martes, 17 de mayo de 2016

El derecho a la sátira

Publicado en Nuestras Voces

Un fallo “desactualizado” que fija límites a la sátira humorística pone el dedo en la llaga en la discusión sobre libertad de expresión. Y deja al borde de una multa económica a una revista independiente, en un contexto de falta de apoyo a las publicaciones. 

Días atrás se conoció un fallo que condena a la revista Barcelona por causar “daños morales” a Cecilia Pando, la conocida activista de la defensa de los represores procesados y condenados por delitos de lesa humanidad, a quienes la asociación que ella preside llama “presos políticos”. Firmado el 29 de abril, Día del Animal, el fallo de la jueza Susana Amelia Nóvile choca de frente con estándares internacionales de derechos humanos que defienden a la libertad de expresión incluso para las ideas que resultan ingratas, ofenden o perturban al Estado o a cualquier sector de la población. Fue por esa razón que en 2009, tras una ardua disputa que llegó a la Corte Interamericana (Caso “Kimel”), Argentina despenalizó los delitos de calumnias e injurias en los casos de interés público. Ahora el asunto parece trasladarse al fuero civil y comercial, donde Pando buscó una condena aleccionadora y la jueza Nóvile podría hacer historia con un fallo que “es un mamarracho que ataca la libertad de expresión”, según lo define Ingrid Beck, directora de la revista de humor político afectada. De eso se trata este fallo: de poner a la parodia en un corralito.
“No sé si existen antecedentes donde un juez o una jueza establezca que hay límites a la sátira; que hay niveles tolerables y niveles no tolerables de sarcasmo, y que los jueces están en condiciones de fijar ese límite. Esa es una de las cosas más graves del fallo”, afirma Andrea Pochak, directora general de Derechos Humanos del Ministerio Público Fiscal.

El caso
En agosto de 2010, la “Asociación de Familiares y Amigos de los Presos Políticos” que encabeza Pando protestó en el Ministerio de Defensa con una performance pro-genocidas: un grupo de mujeres se encadenó en el Edificio Libertador para pedir impunidad. Podría decirse que hacían apología del delito de lesa humanidad, pero nadie lo llevó al terreno judicial. La mejor respuesta fue el humor. Días más tarde, la contratapa de la edición 193 de Barcelona se mofó del reclamo: con un montaje que simulaba la tapa de una revista de sadomasoquismo -donde la sigla S/M significaba “Soy Milico”-, el rostro de la militante pro-represores se fundía con el cuerpo desnudo de una mujer. Al título principal, “Ceci Pando se encadena para vos”, lo acompañaban frases como “Las chicas quieren guerra (antisubversiva)”, “Apropiate de esta bebota” y “Cadenas, humillación y golpes (de Estado)”.
Pando sí recurrió al Poder Judicial. Primero presentó un recurso de amparo para que sacaran de circulación a la revista. Se lo negaron en primera instancia, pero la Cámara de Apelaciones revirtió el fallo. “Como pasó un tiempo, ya habíamos circulado el ejemplar siguiente. Lo que nunca pudimos fue recircular o reimprimir ese número de a revista -recuerda Beck-. Es un antecedente espantoso, aunque con este nuevo fallo casi que pasó a un segundo plano”.
Con una sentencia a favor en mano, Pando fue por más: pidió una indemnización de 80.000 pesos por “daños y perjuicios”. La moral es la palabra clave de su demanda y también de la sentencia de Nóvile. La moral de una mujer católica, “legalmente casada”, con siete hijos, docente. La jueza considera que “ha demostrado que ha sido afectada en su honor” e inaugura lo que se ha dado en llamar el sarcasmómetro: “A pesar de tratarse de una revista de carácter satírico, la foto y las frases allí colocadas exceden un tono sarcástico y burlón y hacen una exposición exagerada de la accionante”.
Una cuarta parte de su sentencia está dedicada al derecho a la privacidad y la intimidad. “El fallo repite hasta el hartazgo que la libertad de expresión no es absoluta y que encuentra un límite en el derecho a la privacidad de las personas. Es una conclusión absurda y peligrosa”, cuestiona  Pochak. “Habría que recordarle a la jueza – sigue- que no se trató de una fotografía real del cuerpo de Pando ni se expusieron públicamente sus reales preferencias sexuales.
¿Qué tiene que ver entonces el derecho a la intimidad con la sátira? Si fuera una foto real, estaríamos en un caso donde hay un claro conflicto entre la libertad de expresión y la privacidad. Sin embargo en este caso se trata de una sátira, de una foto trucada. No hay ningún conflicto entre la libertad de expresión y el derecho a la intimidad”.

Los antecedentes
Para directora general de Derechos Humanos del Ministerio Público, la jurisprudencia que cita la jueza no sólo es “desubicada” -por anclar el tema en el derecho a la privacidad- sino también “desactualizada”, porque “cita fallos antiguos, incluso algunos que fueron revocados por organismos internacionales de derechos humanos como la Corte Interamericana”. Por ejemplo, cita un caso donde el ex presidente Carlos Menem demandó a la revista Noticias por publicar información sobre un hijo extramatrimonial. Nóvile retoma una sentencia de la Corte Suprema de 2001 ya refutada por la CIDH.
Aquel caso, además, aporta poco sobre el tema. Un antecedente más cercano podría ser el “caso Acher”. En 1998 la Corte Suprema condenó a Canal 13, a la comediante Gabriela Acher y su guionista Maitena Burundarena a indemnizar al juez civil Omar Cancela por una emisión del programa “Hagamos el humor”. Un sketch había parodiado la violencia institucional de un juzgado de familia, donde la entrevista con el magistrado a cargo se convertía en misión imposible. Se trataba de personajes ficticios, pero el apellido utilizado coincidía con el de un juez en actividad, que se sintió “agraviado en su honor”.
Cuando se conoció la sentencia, la edición dominical de La Nación -donde la guionista Maitena publicaba una tira diaria- cuestionó la decisión de la Corte: “Constituye una clara violación a la libertad de expresión y revela un incomprensible desprecio al humor como vía para caricaturizar la realidad y para promover el debate político”. El editorial se titulaba “Jueces sin humor”.
El caso llegó al sistema interamericano de derechos humanos de la mano del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que planteó que esa condena por daños y perjuicios vulnera la libertad de expresión. La Corte IDH aún nos expidió en este caso. “Los hechos son distintos, pero es otro ejemplo donde está en juego el derecho al humor, el derecho a la parodia, los límites que tiene la sátira”, explica Pochak.

Un intento disciplinador
Barcelona acaba de sacar a la calle su número 358, donde honra a sus lectores con una burla a la condena y el sarcasmómetro de la jueza. En casi 13 años de fotomontajes e ironías que lleva la revista, sólo tuvo que afrontar un juicio: el de Cecilia Pando de Mercado.
Y no está dicha la última palabra: este viernes, la Cámara concedió la apelación solicitada por el abogado de la revista. Ahora hay que esperar la resolución. Puede que vuelvan a priorizar la falsa intimidad sobre el derecho a la sátira, el honor sobre la libertad de expresión, o que reviertan el fallo. Barcelona o Pando, según el caso, buscarán llegar a la Corte Suprema. “Creo que la jurisprudencia de la Corte Suprema no toleraría sostener este fallo”, arriesga Pochak. “Si la Corte  pretende ser coherente, debería abrir el recurso y revocar el fallo de primera instancia. Falta mucho tiempo para que algo de eso ocurra”.
Mientras siga la disputa, Barcelona no tendrá que pagar la indemnización fijada por la jueza en 40.000 pesos por “daño moral”, más los honorarios de los abogados de ambas partes y los peritos que intervinieron -una psicóloga y un contador-. En suma son 55.000 pesos que, por otra parte, los editores no tienen. “Tratamos de minimizar el tema de la plata porque el foco tiene que estar en lo inconstitucional. Pero eso también es verdad: si fuéramos un monopolio, la guita no sería un problema, pero en nuestro caso sí, nos funde”, explica Beck y alude a la situación de las revistas independientes, a las que una vez definió como medios que “no tienen otros dueños que los que la hacen y que no tiene negocios paralelos más que el periodismo”. En su diagnóstico, la edición independiente afronta tres grandes problemas: los altísimos costos del papel, la falta de pauta publicitaria y la asfixia que produce un sistema de distribución manejado por las corporaciones.
“Dejamos de cobrar la pauta oficial que era muy escasa en agosto, y recién ahora estamos pudiendo empezar a cobrar algo de la deuda. En el caso de la Provincia de Buenos Aires, la gestión Scioli pautó durante un año y medio y no nos pagaron nunca, ahora al parecer van a pagar como a todos los proveedores con bonos que eventualmente serán papel higiénico, no sé de qué nos van a servir. Y hay una decisión preliminar, que ojalá no sea tal, de no pautar”, cuenta la directora de Barcelona. “En ese sentido hay un retroceso. En los demás temas, todo sigue igual que hace dos años, o sea peor”. El último verano, Barcelona afrontó un 30% promedio de aumento en el papel. Tuvo que aumentar el precio como nunca: de 21 a 28 pesos. “Por suerte no nos repercutió en las ventas: hoy por hoy Barcelona se sostiene únicamente con el aporte de los lectores. No tiene ningún otro ingreso”.
Si la amarga sentencia de Nóvile se confirmara, sumaría otro problema para las revistas que mantienen viva la crítica: “Abre la posibilidad de que otras Pandos, o Pandos varones, se sientan ofendidos y, como el delito de calumnias e injurias ya no existe, inicien causas civiles que con este tipo de sentencias terminen por un lado disciplinando a los medios y por otro lado fundiendo a otros medios que no podemos soportar multas de este estilo”, afirma Beck.
-¿Hay un riesgo de autocensura?
-No en nuestro caso, eventualmente editaríamos en la clandestinidad. Pero por supuesto genera cierto disciplinamiento pensar que te pueden ganar un juicio por daño moral.
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